|
Subvenciones: Ayudas no
reembolsables o a fondo perdido. Financian únicamente una
parte del proyecto para el que se solicita la ayuda
financiera. El cobro de la misma suele producirse previa
justificación de la finalización del proyecto. No obstante, en
muchos casos, se puede obtener un anticipo de la misma, en
función de las características de la convocatoria.
Préstamos: Ayudas reembolsables.
Pueden y suelen incluir algún punto de bonificación de los
intereses o, incluso, interés cero.
Regla de "minimis": Funciona como
un techo máximo de cuantía máxima de subvención que se puede
conceder. No se aplica en todos los casos. Dicha regla se
recoge en las Directrices Comunitarias sobre ayudas estatales
a las pequeñas y medianas empresas (adoptadas por la Comisión
Europea el 20 de mayo de 1992 y modificado el 6 de marzo de
1996).
Concepto de PYME, según la DG XXIII de
la Comisión Europea: Toda empresa,
independientemente del sector de actividad y de su forma
jurídica, que reúna las tres condiciones siguientes:
-
Que emplee, como máximo a 250
trabajadores.
-
Que tenga una cifra de negocios
inferior a 40 millones de euros.
-
Que ninguna otra empresa de mayor
dimensión posea más de un tercio de su capital social.
[Recomendación CE/280/96 (DOCE L107,
30.041996)]
Fondos Estructurales: Son el Fondo
Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), el Fondo Social
Europeo (FSE), el Fondo Europeo de Orientación y Garantía
Agrícola (FEOGA-Sección Orientación y el Instrumento
Financiero de Orientación Pesquera (IFOP). Todos ellos otorgan
subvenciones y ayudas financieras cuyo objetivo no es otro
sino disminuir las diferencias entres las regiones europeas.
Asimismo, se considera que algunos préstamos del Banco Europeo
de Inversiones (BEI) y de la CECA, pueden tener finalidad
estructural.
Fondos de Cohesión: Tienen la misma
finalidad que los anteriores. Sólo pueden acceder a los mismos
proyectos de infraestructuras, medio ambiente y transportes de
Irlanda, Portugal, España y Grecia.
Iniciativas Comunitarias: Son
adoptadas a propuesta de la Comisión Europea, en el marco de
los Fondos Estructurales. No se encuentran sujetas a un
procedimiento de programación elaborado como los Fondos,
aunque siguen los mismos procesos operativos. Actualemente son
Urban, Leader +, Equal e Interreg.
|